Instalaciones Columbario Beata Ana María Mogas
El Columbario Ana María de Mogas, estará integrado por las siguientes instalaciones:
- 165 columbarios o nichos para depositar urnas cinerarias con capacidad para tres urnas (de tamaño estándar), cada uno.
- Pebetero, donde depositar las cenizas.
Servicios incluidos con la adquisición de un nicho
- Depósito y custodia de las cenizas de los feligreses.
- Personalización, creación e instalación de la lápida, bajo las opciones ofrecidas para ello.
- Mantenimiento, conservación y limpieza de los nichos y sus dependencias.
Horario
En los horarios y días estipulados a tal fin, que son:
- Miércoles de 17h a 21h.
- Domingos de 9h a 13h.
Para adquirir un nicho en el Columbario
Deberá contactar con la empresa gestora Columbarios Parroquiales, en el 902 365 985 o a través de la sección de contacto de nuestra web.
nº de columbarios disponibles
muy limitado
Espacio para 1, 2 ó 4 urnas.
La elección del columbario
se realizará por estricto orden de reserva.
Temporalidad del Columbario
50 años
Financiación
Columbario con espacio para una urna |
1.064,81€ + IVA 8% |
1.150,00€ |
Forma de pago |
Al contado |
Columbario con espacio para dos urnas |
1.924,44€ + IVA 8% |
2.100,00€ |
Forma de pago |
Al contado |
1.100,00€ |
10 cuotas de |
100,00€ |
Columbario con espacio para cuatro urnas |
3.000€ + IVA 8% |
3.240,00€ |
Forma de pago |
40% al contado |
1.296,00€ |
60% (18 cuotas) de |
108,00€ |
Normativa del Columbario
- Basándose en las Normas de Construcción y Administración de Columbarios de la Diócesis de Madrid, la propiedad del Nicho asignado, pertenecerá a la Iglesia Universal y, en particular, a la Parroquia de María Ana Mogas.
- La cesión del Derecho de Depósito Temporal de los Nichos tendrá lugar mediante la entrega del "Título de Exequias", en el que se reflejará los datos de identidad del titular, datos del Nicho asignado, dimensiones, y se reflejará el precio del derecho de uso temporal y de la tasa de mantenimiento vigente a la fecha de la expedición de aquél.
- Los nichos adquiridos son individuales y personales. No podrán ser transferidos a terceros.
- Se ofrece la posibilidad de ofrecer un Servicio Religioso por parte de la Parroquia en el momento de depositar las cenizas.
¿Cuál es la posición de la Iglesia Católica ante la cremación de cadáveres?
"
Los cuerpos de los difuntos deben ser tratados con respeto y caridad. La cremación de los mismos está permitida, si se hace sin poner en cuestión la fe en la Resurección de los cuerpos."
(C.I.C. n° 479).
La Iglesia Católica levantó la prohibición de cremaciones en 1983; sin embargo, mantiene los requerimientos específicos para la disposición reverente de las cenizas, aconsejando que éstas sean depositadas en urnas y lugares dignos, tales como nichos ubicados en columbarios o cementerios.
¿Desea saber el significado de la palabra "Columbario"?
- Según el diccionario de la Real Académica Española:
- Del latín columbarium: En los cementerios de los antiguos romanos, conjunto de nichos donde colocaban las urnas cinerarias.